Reforma Universitaria en la UNAM


ESTATUTO DEL PERSONAL ACADÉMICO

Dr. Rafael Pérez Pascual / Matilde moreno Bello-Cañibe

El estatuto del personal académico es el instrumento universitario que organiza al personal académico y define la carrera académica. Es este estatuto un elemento central de la política académica de la Universidad, ya que, al establecer las formas orgánicas de integración de la academia y darle sentido institucional a su vida cotidiana, regula y orienta el quehacer universitario.

En adición el estatuto del personal académico es la normatividad por medio de la cual la Universidad ejerce su facultad de fijar los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico, en cumplimiento de lo establecido en el punto VII del Artículo Tercero de la Constitución donde se deslindan los ámbitos de lo académico y lo laboral.

La Universidad requiere ser una institución en constante cambio, porque el conocimiento avanza y cambia, porque cada generación de alumnos le presenta nuevas inquietudes y formas distintas de ver la vida, porque la sociedad misma cambia; el EPA, entonces, debe ser un instrumento dinámico que, preservando los valores y el rigor que definen y sustentan a la academia, logre impulsarla hacia el futuro y reflejar las situaciones y condiciones que ella misma va generando en su evolución.

Durante un período importante de su vida la UNAM no contó con un instrumento de esta naturaleza, el EPA fue instituido con su aprobación por el Consejo Universitario el 16 de diciembre de 1970. Se formaron como base varios reglamentos y acuerdos que, sobre diversos temas relativos al personal académico, se había dado la Universidad, pero que no constituían una normatividad reguladora e integradora de la vida y la carrera académica.

El 28 de junio de 19974 se revisó y se aprobó en la estructura y forma que hoy tiene. Desde entonces (con la excepción de la edición de un título sobre condiciones gremiales el 27 de noviembre de 1975, que se transforma en el Contrato Colectivo de Trabajo actual) se han hecho algunas adiciones, puntualizaciones y ajustes menores. El último de estos ajustes se dio el 22 de marzo de l988.

No hay duda de que a partir de su aprobación el estatuto ha regulado el avance del personal académico y contribuido enormemente a fijar normas, criterios y definiciones académicas de gran valía para la vida institucional y la carrera académica de los universitarios. Por otro lado, la Universidad, en su estructura, en su complejidad y en la especificidad de sus metas, ha cambiado significativamente en esos treinta años, como lo ha hecho su entorno académico y social; baste mencionar algunos de estos importantes cambios:

La consolidación del Colegio de Ciencias y Humanidades; la creación y consolidación de las unidades multidisciplinarias; el crecimiento del personal académico de carrera y de su proporción con respecto al de asignatura; la delimitación entre los ámbitos académico y laboral en las relaciones de la institución con su personal académico; la generalización de un concepto integrado de investigación y docencia como tareas conjuntas del personal académico de carrera independientemente de su adscripción; la tendencia a considerar el doctorado como una etapa formativa indispensable para el académico de carrera; la evolución en la concepción y demanda social de los estudios universitarios y las formas en que se dan las relaciones, entre el Estado, la sociedad y la Universidad y, en general, el gran cambio en la inscripción de la cultura, la ciencia, la tecnología, el trabajo profesional y la educación superior en una sociedad más abierta, más demandante y más compleja.

Podemos afirmar que el siglo XXI exige cambios en la Universidad y al mismo tiempo le presenta una inmejorable oportunidad de replantear su estructura y de reorientar sus metas y acciones académicas.

En este contexto debemos enmarcar una reforma estatutaria que revise y renueve la carrera académica. Que dé, por un lado, transparencia y seguridad a los profesores, investigadores y técnicos en cuanto a su propio desarrollo y superación y, por otro, que oriente y organice el trabajo cotidiano en función de los requerimientos académicos actuales, todo ello preservando el rigor, la justicia, el interés institucional y el derecho constitucional y laboral en la selección, permanencia, promoción y evaluación de cada académico.

Una reforma al Estatuto del Personal Académico enmarcada en estas reflexiones debe abordar todos los puntos sustanciales de la carrera y la vida académico, permítasenos enunciar algunos de los más significativos.

La tarea académica

Para cumplir con sus funciones sustantivas la Universidad requiere organizar a su personal académico de tal forma que, a cada uno, se le señalen con claridad sus responsabilidades, su ámbito de acción, su compromiso con la institución y su inscripción en la estructura académica y orgánica. En este sentido es necesario revisar y definir las diversas figuras académicas, tanto para lograr una especificidad de las tareas, como una visión orgánica que permita el cumplimiento pleno de las metas de la institución.

Categorías y niveles

Las categorías y niveles en que se subdivide el personal académico dentro de cada figura requieren reformularse, tanto en su definición y funciones, como en su impacto para la carrera académica.

Baste mencionar, para hacer ver esta necesidad, que en la actualidad amplios sectores de la Universidad han dejado de usar dos de ellas en el ámbito de los profesores e investigadores de carrera, los asociados A y B, lo que limita en gran medida el concepto mismo de carrera académica.

En correspondencia con esto deberán establecerse los mecanismos y criterios generales de evaluación. Esto debe hacerse definiendo con claridad los distintos cuerpos colegiados que participan en esos procesos y sus funciones, en especial aquellos que deben generar criterios, desde los más específicos hasta los más generales. Deberán también establecerse los mecanismos que atiendan las inconformidades que surjan, evitando que éstas se resuelvan por el mismo órgano que dictó la resolución que las generó.

Ingreso

El ingreso de nuevo personal académico debe ser uno de los procesos más cuidados. Por experiencia sabemos que un mal ingreso es la causa de muchos problemas. Por ello es necesario atender además de los procesos de evaluación y selección, los planes de desarrollo institucionales que definan con claridad y precisión académicos que se requieren, las necesidades qué satisfacer y los recursos qué asignar.

Promoción

La promoción es el elemento que permite la carrera académica. Estimula el alcanzar las metas académicas que definen a las diversas categorías y niveles. Por ello este proceso debe verse como un ascenso cualitativo, como una auténtica superación personal generadora de un cambio en las tareas, obligaciones y responsabilidades académicas.

Definitividad

La Definitividad y la estabilidad laboral son dos cosas distintas que en la actualidad se manejan de manera confusa, esto genera problemas e induce a equívocos.

Hay que definir con claridad el concepto académico de Definitividad. Esta definición debe responder a los intereses académicos de la Institución e inscribirse en la configuración de la carrera académica. Esto debe hacerse en armonía, pero no en confusión, con los aspectos e intereses laborales, como la estabilidad en el empleo y otros derechos gremiales de los académicos.

Permanencia

El EPA tiene que dar a la UNAM los elementos que le permiten definir la permanencia de sus académicos en función de su cumplimiento y de los planes de desarrollo e intereses institucionales. Esto, como el ingreso y la promoción, debe sustentarse claramente en el artículo III de la Constitución.

Jubilación

Como parte integra de la carrera académica se deben establecer caminos para que el personal académico tenga formas dignas de jubilación, que le permitan retirarse con seguridad económica y con el reconocimiento de la UNAM por la labora académica desempeñada. Esto debe enmarcarse, además, en una estrategia para la renovación continua de la planta académica.

Niveles saláriales y estímulos

Los salarios que se corresponden con las diversas figuras, categorías y niveles, deben reflejar con fidelidad las diferencias académicas cualitativas que representan, de tal suerte que la carrera académica quede reflejada en el salario y sean los procesos básicos de evaluación académica los que la regulen. En la actualidad la retribución salarial descansa más en los estímulos y en sus procesos propios, muchas veces ajenos al proceso básico establecido en el estatuto; esto distorsiona el concepto mismo de carrera académica y es de enorme perjuicio para los académicos y para la institución.

El EPA deberá dar un marco normativo general y académico al que se deberán ceñir los programas de estímulos que llegaran a establecerse.

Estructura Académica de la UNAM

La carrera académica se da en el contexto de la estructura académica de la UNAM, estructura que en la actualidad ha perdido definición, generando así diversos problemas al ser la estructura real distinta a la establecida en la legislación universitaria; como ejemplo tenemos el caso de las unidades multidisciplinarias, cuya estructura formal corresponde a la de una Escuela o Facultad, cuando en la realidad son unidades mucho más complejas, esto hace descansar en un solo
consejo técnico la responsabilidad de regular la carrera de muchos académicos que le quedan en una lejanía orgánica enorme.

Podemos decir que la prevalencia de las estructuras tradicionales está generando elementos que retrasan la incorporación de acciones y formas orgánicas más acordes con las necesidades académicas contemporáneas y con los retos que la sociedad está planteando a la Universidad, es, por tanto, necesario que al revisar el EPA se estudie con cuidado esta situación y se incorporen los elementos estructurales y orgánicos que resulten convenientes o, de ser necesario, se canalicen estas cuestiones a los ordenamientos jurídicos adecuados.

Conclusiones

En el transcurso de las últimas tres décadas la Universidad, su entorno social y las formas, alcances y perspectivas de sus tareas académicas se han transformado a la par de los grandes cambios culturales, sociales, económicos y políticos que se han dado en el país y en el mundo. Sin embargo el instrumento que norma la organización y la carrera académica no se ha adecuado a estas nuevas condiciones de la vida universitaria.

Esto retrasa el avance académico de cada uno de los universitarios y de la institución. Es pues, indispensable y urgente emprender un proceso de revisión y reforma del Estatuto del Personal Académico de la UNAM. Este proceso debe guiarse por tres lineamientos generales.

1. Revisar las reformas en que se organiza el personal académico en el seno de la estructura académica y en función del ejercicio actual de las funciones sustantivas de la Universidad.

2. Normar con claridad la definición y regulación de la carrera académica, tomando en consideración que debe, por un lado, ser la pauta de la vida académica institucional y, por otro, la expresión de los anhelos y trabajos de cada uno de los académicos.

3. Fijar con precisión los términos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico, en función de las estrategias académicas institucionales, haciendo uso y dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo Tercero de la Constitución.

Índice general

 
2/2