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Atribuciones estatutarias
     
Artículo 37. Son atribuciones del Secretario de Organización Académica:  
 

a) Suplir indistintamente con el Secretario de Organización Administrativa, al Secretario General, previo acuerdo de éste, en sus ausencias temporales.

b) Promover la afiliación al Sindicato, dedicando especial atención al sector académico.

c) Vigilar el funcionamiento adecuado del Sindicato en sus diversas Secretarías y órganos, interviniendo para la solución de los problemas de organización que se presenten.

d) Intervenir en los problemas de organización de las delegaciones, dedicando particular atención al sector académico, buscando siempre la armonía entre los miembros del Sindicato y la efectividad del cumplimiento de los acuerdos de los órganos del mismo.

e) Representar indistintamente con el Secretario de Organización Administrativa al Sindicato, en asuntos de índole política, de acuerdo con el Secretario General y por acuerdo del Comité Ejecutivo.

f) Presidir, indistintamente con el Secretario de Organización Administrativa, las reuniones del Comité Ejecutivo y del Consejo General de Representantes en la ausencia del Secretario General.

g) Planificar el funcionamiento interno del Comité Ejecutivo y del aparato administrativo del Sindicato, sometiendo sus planes a la aprobación del Comité Ejecutivo o del Conssejo General de Representantes en su caso.

h) Vigilar que los Delegados del sector académico sean debidamente citados a las Asambleas del Consejo General de Representantes.

i) Rendir cuenta detallada cada 3 meses del manejo de los recursos económic os a la Secretaría de Finanzas, al Consejo General de Representantes y a la Comisión Autónoma de Hacienda así como el balance anual de ingresos y egresos al Consejo General de Representantes.

j) Representar al Sindicato en todos aquellos eventos en donde se aborde la problemática del sector académico. k) Mantener relaciones con las Academias, Colegios de Profesores y órganos democráticos de gobierno que existan en la UNAM.

l) Promover y realizar de común acuerdo con el Secretario de Asuntos Universitarios, las investigaciones sobre el estado que guarda la enseñanza y la investigación.

m) Propugnar, conjuntamente con el Secretario de Asuntos Universitarios por:

· La participación de los miembros del Sindicato en la reforma de los planes de estudio e investigación.

· La participación de los miembros de Sindicato en la elaboración de los planes académicos que permitan una coordinación óptima entre los distintos centros de enseñanza e investigación.

n) Representar al Sindicato en todos los problemas de carácter académico.

ñ) Velar por el correcto funcionamiento de las oficinas del Sindicato.

o) Formular y proponer, coordinadamente con el Secretario de Trabajo y Conflictos Académicos, una política sindical hacia el sector académico y un plan de acción que lleve al Sindicato a obtener la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo del sector académico.

p) Presidir el Departamento de Afiliación y Padrón, área encargada de la elaboración y actualización del padrón de los afiliados del Sindicato.

q) Acordar con el Secretario General los asuntos a su cargo.

r) Entregar el veinticinco por ciento de las cuotas sindicales del sector Académico a las Delegaciones Sindicales donde haya afiliación Académica.

s) Las demás que le confiere el Estatuto, los acuerdos sindicales y las que se desprendan de la naturaleza de su cargo.

 

       
       
       

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